Recibo de nómina: Todo lo que debes saber

¡Más que solo un comprobante que nos ayuda a entender el desglose de nuestros ingresos!

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En más de una ocasión hemos escuchado hablar de los recibos de nómina; de hecho, si estamos contratados por alguna empresa, se nos proporcionan como evidencia de nuestras percepciones por la labor que realizamos.
Sin embargo, este documento es mucho más que solo un comprobante que nos ayuda a entender el desglose de nuestros ingresos.

A continuación te detallamos todo aquello que necesitas saber con respecto a tus recibos de nómina.

¿Qué es un recibo de nómina?

El recibo de nómina es un documento, impreso o digital, que comprueba las percepciones y deducciones que integran el sueldo o salario de un trabajador en un periodo determinado. A las empresas les sirve para dar constancia o evidencia del cumplimiento de los pagos hechos a sus empleados.
En tanto que el empleado puede verificar en este recibo lo que recibe cada quincena por sus servicios prestados en una organización.

Este recibo es individual y debe transparentar todos los aspectos que componen la remuneración final de cada trabajador.

La definición de nómina se refiere al documento de carácter contable que contiene cifras desglosadas de los ingresos o percepciones y las deducciones o retenciones de ley, de cada uno de los trabajadores de una organización por el periodo que establezca el contrato laboral.

¿Para qué sirve un recibo de nómina?

Sirve a las empresas como un instrumento de control interno y de análisis. Además de fungir como un documento legal que comprueba el cumplimiento de las obligaciones laborales y fiscales ante la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Por otro lado, el comprobante de pago de nómina sirve para los trabajadores como un documento en el que comprueben y verifiquen el sueldo neto que reciben cada quincena. A través de los recibos de nómina, ellos pueden identificar los ingresos, las incidencias, las prestaciones, así como los montos que pagan por conceptos de impuestos, fondo de vivienda, ahorro, un préstamo u otros.

La importancia de la nómina radica en la información que contiene, la cual puede ser consultada de manera: veraz, oportuna y periódica.

¿Qué es un recibo de nómina timbrado?

El timbrado de nómina es el proceso de notificación al SAT (Servicio de Administración Tributaria) acerca de la información que contiene la nómina.

Se debe notificar a esta entidad con respecto a todos los pagos efectuados por concepto de prestación de servicios, de finiquitos, de liquidación, etcétera, y así, regular los pagos al Seguro Social y al INFONAVIT.

¿Cuál es la importancia de un recibo de nómina?

Un recibo de nómina brinda un conocimiento pleno de las percepciones, ya que incluye un desglose de los ingresos y deducciones durante un periodo determinado.

Asimismo, ayuda a tener detalle de las prestaciones que otorga la organización al empleado (Seguro Social, Vacaciones, Prima Vacacional, Aguinaldo, entre otras).

Por otra parte, el recibo de nómina no solo es un documento informativo para los trabajadores, también es útil en diversos trámites donde se requiera comprobar los ingresos que se perciben. Es sumamente importante para la declaración anual de impuestos ante el SAT, así como para cualquier trámite relacionado con créditos, financiamientos y hasta para obtener alguna beca.

Finalmente, ayuda a posibles aclaraciones tanto para el empleado, como para el empleador.

¿Cómo pueden entregarte tu recibo de nómina?

En el artículo 101 de la Ley Federal del Trabajo, se señala que los colaboradores tienen acceso a los conceptos y deducciones de pago, y su recibo de nómina se le deberá entregar de forma impresa o por cualquier otro medio.

Para aquellos empleadores que opten por entregar el comprobante de forma digital, es indispensable que en todo momento estén en posibilidades de acreditar dicha situación, ya sea en un juicio laboral, o en una inspección de trabajo.

Para ello, será necesario que acrediten que el trabajador recibió dicho documento. Lo recomendable es que el contrato laboral contenga una cláusula que contemple lo siguiente:

  • La entrega de los recibos será vía electrónica
  • El medio a través del cual se hace la entrega del recibo de nómina, pudiendo ser una cuenta de correo electrónico personal del subordinado o una plataforma de la empresa que el trabajador es responsable de la cuenta ya sea personal o proporcionada por el patrón, y que por lo tanto no puede compartir el acceso a la misma o las contraseñas inherentes a ella.
  • La periodicidad en la que se enviarán dichos documentos o los días en los que se hará, y en caso de ser una plataforma patronal, se anexa al contrato el usuario y contraseña, y que la firma digital que se realice en aquella tendrá los mismos efectos que una autógrafa.

Como su nombre lo indica, una nómina electrónica es un documento digital, semejante a la factura electrónica que cumple con la misma función que un recibo de papel. Al igual que de forma impresa, se debe entregar al trabajador o pensionado, con la ventaja de que se puede almacenar y visualizar en plataformas digitales.

Desde la entrada en vigor el 1 de marzo de 2021, se debe de generar los documentos de manera digital y se deben emitir de forma quincenal o mensual.

¿Cuáles son las características de un recibo de nómina?

Un recibo de nómina debe contener los siguientes datos:

  • Datos de la empresa
  • Datos de identificación del trabajador (Nombre, tipo de contrato, categoría, antigüedad en la empresa, número de seguridad social, etc.)
  • Periodo al que pertenece la nómina
  • Detalle de las percepciones y deducciones
  • Detalle del salario base de cotización
  • Sueldo neto a percibir.
  • Lugar de emisión, firma y sello por la empresa (Si es digital no requiere la firma y sello)

¿Dónde puedo revisar mi recibo de nómina?

Se puede verificar en el portal del empleado y también a través del portal del SAT:

  • Portal del SAT/ Menú Trámites/ Factura electrónica/ Consultar, cancelar y recuperar.
  • Se debe ingresar con el RFC, contraseña o e.firma. El primer apartado permite buscar los CFDI por folio y el segundo por fecha de emisión y dar clic en buscar CFDI.

¿Qué sucede si no me entregan mi recibo de nómina?

De acuerdo con los artículos 784, fracción XII y 804, fracción IV, de la Ley Federal del Trabajo, es obligación patronal contar con las constancias de pago de los salarios a sus trabajadores, para que estén en aptitud de acreditar que cumplieron con dicho deber, así como conservar tales papeles.
Al ser un proceso esencial para todas la empresas que tienen colaboradores, es necesario hacer un buen uso de ella, ya que hay diversas repercusiones de índole legal y laboral.
Algunas de ellas son:

Multas y recargos (por pagos extemporáneos)

Si una empresa no lleva un manejo adecuado de la nómina, puede ser propensa a incumplir con la liquidación de sus impuestos en los plazos fijados por el SAT. O bien, si se trata de un mal cálculo, podrían pagarse montos correspondientes, lo que tendría como consecuencia un adeudo fiscal. En algunos casos el SAT manda una notificación, lo que genera una multa, y en los que no envía declaración, lo normal sería que el adeudo fiscal consistiera en un pago de recargos.

Rechazo de devolución de saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta (ISR)

Cuando se lleva un manejo inadecuado de nómina, se pueden cometer errores en las solicitudes de devolución de saldos a favor del ISR, ante lo cual, el Código Fiscal de la Federación establece lo siguiente
Cuando en una solicitud de devolución existan errores en los datos contenidos en la misma, la autoridad requerirá al contribuyente para que mediante escrito y en un plazo de 10 días aclare dichos datos, apercibiéndolo que de no hacerlo dentro de dicho plazo, se le tendrá por desistido de la solicitud de devolución correspondiente.

Auditorías

Una de las consecuencias más graves, es una auditoría llevada a cabo por el SAT o el IMSS, por detectar inconsistencias o irregularidades entre el pago a los empleados y las declaraciones fiscales correspondientes, o los pagos del Seguro Social a empleados, obligatorios para patrones.

Ejemplo de un recibo de nómina

¿Cuáles son las percepciones de nómina?

Cantidad que se le paga a los empleados por desarrollar actividades, generalmente, de tipo administrativo, intelectual y es quincenal.

Las horas extras son aquellas que un trabajador realiza cuando labora más tiempo del que debería. Este tiempo adicional depende de la jornada del trabajador. Las jornadas que existen son:

  • Diurna: entre las 6:00 y las 20;00 horas. El trabajador que está dentro de esta jornada, no puede laborar más de 8 horas diarias.
  • Nocturna: entre las 20:00 hasta las 6:00 horas. El límite máximo de horas diarias para trabajar, es de 7.
  • Mixta: como su nombre lo indica, es una combinación de la jornada nocturna y diurna, siempre y cuando haya menos de 3.5 horas de la jornada nocturna. El límite máximo de trabajo es de 7.5 horas diarias.

Hay dos tipos de horas extras en México: horas extras dobles y horas extras triples.

De acuerdo con el artículo 73 de la Ley federal del Trabajo, el patrón paga al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario sobre por el servicio prestado.

Descansos Obligatorios: (Art. 74 LFT)
I. El 1o. de enero;
II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
IV. El 1o. de mayo;
V. El 16 de septiembre;
VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
VIII. El 25 de diciembre, y
IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Con base en el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.

Por ejemplo:
Salario Diario: $300.00
Prima dominical= 300*25%= $75.00

Una incapacidad es cuando un trabajador se encuentra incapacitado para trabajar de manera temporal, debido a que sufre un padecimiento derivado de un accidente o enfermedad, o bien durante los periodos anteriores y posteriores al parto en el caso de trabajadoras aseguradas; el médico del IMSS le expedirá un certificado de incapacidad con el fin de justificar su ausencia en el trabajo durante los días que requiera para su recuperación.

 

Es una ayuda en especie, para que el trabajador adquiera despensa o comida.

Es el importe que el patrón aporta para que el trabajador ahorre una cantidad igual.

Son percepciones variables que el empleado puede recibir por su trabajo.

Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios. Después del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios. 
• Año 1: 12 días
• Año 2: 14 días
• Año 3: 16 días
• Año 4: 18 días
• Año 5: 20 días
• De 6 a 10 años: 22 días
• De 11 a 15 años: 24 días
• De 16 a 20 años: 26 días
• De 21 a 25 años: 28 días
• De 26 a 30 años: 30 días
• De 31 a 35 años: 32 días
• De 36 a 40 años: 34 días

Prima Vacacional: De acuerdo con el Artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el periodo de vacaciones.
Por ejemplo:

  • Sueldo Diario $300.00
  • Vacaciones (12 días) $3,600.00
  • Prima Vacacional $900.00

Los trabajadores de planta tienen derecho a una prima de antigüedad, de acuerdo con las siguientes normas:

I. La prima de antigüedad consistirá en el importe de doce días de salario, por cada año de servicios;
II. Para determinar el monto del salario, se estará a lo dispuesto en los artículos 485 y 486;
La cantidad que se tome como base para el pago de las indemnizaciones no podrá ser inferior al salario mínimo.
Si el salario que percibe el trabajador excede del doble del salario mínimo del área geográfica de aplicación a que corresponda el lugar de prestación del trabajo, se considerará esa cantidad como salario máximo.
III. La prima de antigüedad se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios, por lo menos. Asimismo se pagará a los que se separen por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la justificación o injustificación del despido.

La indemnización es el pago por la liquidación de un trabajador.

Indemnización Constitucional (tres meses).- la indemnización de tres meses (90 días) tiene dos objetivos. Por una parte, permitir que el trabajador y su familia puedan subsistir durante esos tres meses en lo que encuentra un nuevo empleo, y por otra, sancionar al patrón que sin causa justificada lo deja sin fuente de ingresos (Artículos 123, apartado A, fracción XXII, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 48, LFT).

La cantidad de dinero de esta indemnización es fija porque atiende el hecho del despido y no depende de elementos del perfil específico del trabajador despedido (como por ejemplo su antigüedad). Por esta razón no es proporcional al tiempo trabajado.

Indemnización 20 días por año.- con respecto a la indemnización de 20 días por año, hay que aclarar que su finalidad es sancionar al patrón que separó injustificadamente de su puesto a un colaborador por tiempo indefinido. Por este motivo, el empleador tendrá que pagarla en los siguientes cuatro casos: negativa de reinstalación, rescisión imputable al patrón, reajuste de personal por implantación de maquinaria o procesos nuevos, e insumisión al arbitraje (artículos 49, 50, fracción II, 51, 52, 439 y 947, LFT).

La Ley Federal del Trabajo no especifica si esta indemnización debe cubrirse por año completo de servicios o en forma proporcional. Por lo que en sentido estricto, el patrón solo tiene que pagarla por años cumplidos trabajados.

Los trabajadores contratados por tiempo determinado no tienen derecho a los 20 días de indemnización por año laborado, sino que la fracción I del artículo 50 de la LFT les da un tratamiento especial, según la vigencia de su contrato.

Los gastos funerarios comprenden los gastos de entierro, velatorio, coche fúnebre, acompañamiento, avisos, gastos de sepultura y derechos municipales, y todos aquellos correspondientes a los usos corrientes del lugar y proporcionados a la condición social y situación pecuniaria del causante.

El artículo 500 de la Ley Federal del Trabajo prevé que cuando un trabajador fallezca a causa de un riesgo de trabajo, el patrón deberá cubrirles a los beneficiarios de aquel el importe de dos meses de salario por concepto de gastos funerarios, pero si el acaecido estaba afiliado al IMSS, el patrón queda relevado de realizar dicho pago, toda vez que este Instituto lo subroga, según el numeral 53 de la Ley del Seguro Social.

Por su parte, el numeral 104 de dicha ley señala que cuando un asegurado fallezca, se le pagará a la persona, de preferencia un familiar, que presente copia del acta de defunción del colaborador, y la cuenta original de los gastos funerarios, una ayuda consistente en dos meses de salario que rija en la CDMX a la fecha del fallecimiento. No obstante, en la práctica la ayuda se otorga por el equivalente de dos veces el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Lo anterior, siempre y cuando, el trabajador finado hubiese cotizado ante el Seguro Social, cuando menos, 12 semanales en los nueve meses previos a su fallecimiento. Salvo que se trate de riesgo de trabajo, en cuyo caso no se requiere contar con semanas cotizadas.
Como se observa, el pago de la ayuda de gastos de funeral no está subordinada a la causa de la muerte del asegurado, solo establece cierto número de semanas cotizadas en caso de eventos ajenos al trabajo.
Contrario a lo que sucede si el asegurado muere por una causa ajena a un riesgo profesional, en cuyo caso la LFT no impone al patrón pagar este concepto.

Lo anterior, sin perjuicio de que el familiar del ex colaborador pueda demandar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje competente (en tanto entren en operación los Tribunales Laborales) al IMSS, el pago la pensión por viudez, orfandad o ascendencia, según se trate. Además, en caso de que la muerte del trabajador sobrevenga de un riesgo de trabajo, se le puede demandar al patrón el pago de la indemnización de 5,000 días de salario (arts. 484, 501 y 502, LFT).

Finalmente, cabe mencionar que, independientemente de lo anterior, el IMSS puede fincarle al patrón que omitió afiliar a su trabajador, un capital constitutivo, y en su caso, el pago de las cuotas obrero-patronales omitidas con la actualización y los recargos correspondientes (Artículos 77 y 88, Ley del Seguro Social).

Pagos hechos al trabajador para mejorar su calidad de vida (mejor conocidos como previsión social)

Las becas de estudio son un apoyo económico y una prima que se adiciona al salario de algún trabajador, con la única finalidad de pagar la preparación académica y profesional de esa persona. Este beneficio puede ser traspasado a los hijos de algún trabajador, en caso de que así lo desee el mismo.

Según el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, el patrón se encuentra obligado a otorgar becas estudiantiles a sus trabajadores o a sus hijos. Por lo tanto, toda persona que sea poseedor o dirigente de una empresa, debe apartar gastos especiales para realizar primas correspondientes a los estudios de alguna persona.

Ésta es una ayuda al trabajador para renta, cuando debido a su empleo, tiene que cambiar de domicilio.

Consiste en brindar el beneficio de una habitación o vivienda, a uno o varios trabajadores de la empresa. Las habitaciones, pueden darse como un beneficio gratuito o cobrar alguna pequeña cuota de dinero, y dependiendo de esta condición, la Ley lo contempla de una manera distinta.

Está claro que, aunque no se puede pagar todo el salario del trabajador con pagos en especie, las prestaciones de todo tipo y sobre todo, las prestaciones por habitación sirven para restar o disminuir el dinero en efectivo y de alguna manera, brindar al trabajador favorecido con esta prestación, un beneficio que suple una necesidad básica, como lo es la vivienda.

Gracias a las prestaciones por habitación, no solo los trabajadores pueden beneficiarse, también los patrones. Y es que cuando se otorga esta prestación al salario base de los empleados, se pueden obtener distintas ventajas. Por ejemplo, se generará un mejor ambiente laboral. Cuidar de la salud, seguridad y calidad de vida de tus empleados, es equivalente a tener seguridad de la productividad de la empresa.
Además, las prestaciones por habitación pueden ser un incentivo para los trabajadores.

Cabe destacar que si no se tiene la capacidad de otorgar vivienda a todos, los beneficiados, con su esfuerzo, se hagan acreedores de esa prestación.

Otros pagos

En México, el Subsidio para el Empleo (SE), es una ayuda que el patrón brinda al trabajador cuando su ingreso es el salario mínimo vigente.

Éste se recibe si el trabajador percibe un sueldo bajo, siendo el gobierno de México quien concede un apoyo económico para complementar dicho ingreso.

Adicionalmente, se trata de un derecho obligatorio y se calcula con base en las tablas establecidas en el artículo 96 y décimo transitorio de la Ley del Impuesto sobre la Renta, LISR.

El Subsidio para el Empleo, SE, es un instrumento del gobierno de México para apoyar a los trabajadores con menos ingresos a través de los patrones.

Existen muchos derechohabientes que tienen excedentes en sus pagos ante el INFONAVIT y necesitan la devolución de esos excedentes, ya que bimestre tras bimestre les estarán descontando directamente de su nomina para el pago del préstamo o crédito que solicitaron y que ya liquidaron.

También está el caso de la persona que se jubiló y nunca uso su crédito para la vivienda.

Para este tipo de casos, se puede solicitar una devolución al INFONAVIT, siempre y cuando no se haya ocupado; y así, poder recuperar el monto ahorrado que le corresponde al trabajador.

Los viáticos son la cantidad de dinero entregada al trabajador para realizar alguna comisión fuera de su lugar de trabajo.

Es importante conocer cuáles son los efectos fiscales en el pago de viáticos:

  • Para quien los paga, sería una erogación Deducible o No Deducible
  • Para quien los recibe, sería un Ingreso exento o un Ingreso gravable

Recomendaciones para el manejo de viáticos:

  1. Establecer una política contable de viáticos a comprobar
  2. Solicitar los comprobantes a nombre de la persona física o moral que cubre los viáticos
  3. Realizar el depósito a nombre de la persona física que saldrá de viaje por medio del Sistema Financiero Mexicano
  4. Elaborar una bitácora de gastos
  5. Es recomendable elaborar un contrato de mandato
  6. Justificar el viaje de la persona física dentro de las actividades de la empresa.
  7. Los viáticos se deben destinar a: transporte (Boletos de avión, boletos de autobús, gasolina, casetas, etc.)
  8. Considerar que si el gasto no es deducible para Impuesto sobre la Renta, el IVA no será acreditable.
  9. Si el gasto es parcialmente deducible para Impuesto sobre la Renta, el IVA será acreditable en la misma proporción.
  10. No se deben registrar los gastos de viaje como diversos, Varios u Otros.

¿Cuáles son las deducciones de la nómina?

Las deducciones de nómina están estipuladas por la Ley Federal del Trabajo en su artículo 110. Por lo general, está prohibido realizar descuentos o deducciones a la nómina del trabajador y las únicas excepciones consideradas por la ley son:

  • Pago de deudas con el patrón, ya sea por anticipo de salarios, haber recibido artículos producidos por la empresa o incluso errores en pagos anteriores. En ningún caso la deducción podrá a ser del total del salario
  • Abonos para cubrir gastos de INFONAVIT
  • Cajas de ahorro.
  • Cuotas sindicales.
  • Abonos al Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.

Las deducciones de la nómina están destinados a cubrir gastos médicos, formar sistemas de ahorro para vivienda, provisión para el futuro y pago de impuestos. La mayoría de estas deducciones son, en realidad, dinero destinado a otras áreas que el trabajador debe cubrir por ley, y en algunos casos podrá acceder a los beneficios de este ahorro en el futuro.

  • ISR: El ISR es una deducción y es el impuesto sobre la renta.
  • IMSS: Es la deducción hecha para la Seguridad Social.
  • INFONAVIT/ Seguro de vivienda: Son los descuentos al trabajador que está pagando su crédito de vivienda.
  • FONACOT: Es el descuento que se le hace al empleado, por tener un crédito monetario con ese instituto.
  • Pensión Alimenticia: La pensión alimenticia es el descuento que se realiza al empleado, por concepto de manutención a sus hijos.
  • Descuento Oneroso Vales Despensa/ Vales Restaurante: Descuentos previstos en la ley para que no integre al IMSS (Vales de restaurante) o al impuesto sobre la nómina (Vales de despensa en CDMX).
  • Descuento Vales Despensa/Vales Restaurante: Como éstas son prestaciones en especie, se disminuyen del efectivo pagado al trabajador.
  • Fondo de Ahorro Empresa/Fondo de Ahorro Empleado: Estos descuentos son enterados a la institución financiera que maneja el fondo de ahorro.
  • Incapacidad/Ausentismo: Importe de las ausencias del trabajador.
  • Préstamo Personal: Descuentos al empleado por deudas adquiridas con la empresa.
  • Seguro Gastos Médicos Mayores/Menores/De Vida: Son aquellas cuotas pagadas por el trabajador, cuando la empresa no absorbe el 100% del costo de los seguros
  • Gimnasio: Beneficios en los que el trabajador aporta una parte del costo por este servicio.
  • Cuota Sindical: Es la cuota que el trabajador aporta para ayudar al mantenimiento del sindicato al que pertenece.

¿Qué es el salario diario integrado?

Es el salario diario que recibe un trabajador por parte del patrón más todas las prestaciones que la ley puede o no obligar y que se encuentran en el recibo de nómina. En este concepto también se puede incluir prestaciones como: comidas, transporte y vales de despensa.

¿Para qué sirve el salario diario integrado?

El SDI se usa para calcular las indemnizaciones de las liquidaciones de trabajadores. Es decir, la indemnización por 90 y 20 días cuando la relación de trabajo se termina por despido injustificado o por muerte del trabajador derivada de un accidente de trabajo. En este concepto se conoce, en promedio, cuánto gana diariamente un empleado integrando todas las percepciones que recibe en el año.

¿Cómo se calcula el salario diario integrado?

Para saber este valor solamente se deben sumar los 365 días del año, más quince días de aguinaldo, más 3 días, que es el resultado de la multiplicación de 12 días de vacaciones por 25% de la prima vacacional.

El factor de integración del Salario Diario Integrado es: 1.0493

Por ejemplo:

  • 365 días del año.
  • 15 días de aguinaldo.
  • 3 días (12 días por 0.25= 3).
  • La suma de estos días es 383.

Este resultado se divide entre 365 días y se obtiene 1.0493; lo que se convierte en el factor de integración mínimo. Éste se usa para determinar el salario diario de un empleado.

Caso:
Si el empleado gana $300 diarios se multiplican por el factor de integración calculado (1.0493). El resultado de esta operación es 314.79. Por tanto, ése es el Salario Diario Integrado.

Paso 1: Determinación de la cuota diaria: Fórmula Sustitución

Salario mensual: $6,600.00
Entre: Días del mes 30
Igual: Cuota diaria $220.00

Paso 2: Determinación del costo por hora: Formula Sustitución

Cuota diaria: $220.00
Entre: Horas de la jornada laboral 8
Igual: Costo por hora $27.50

Paso 3: Cálculo de pago por horas dobles: Fórmula Sustitución
Costo por hora: $27.50
Se multiplica: por 2
Igual: Costo por hora doble $55.00
Por: Horas dobles 9
Igual: Monto a integrar por horas extra dobles $495.00

Paso 4: Cálculo de pago por horas triples: Fórmula Sustitución

Costo por hora: $27.50
Se multiplica: por 3
Igual: Costo por hora triple $82.50
Por: Horas triples (3)
Igual: Monto a pagar por horas extra triples $247.50

Paso 5: Sumatoria de horas extras dobles y triples: Formula Sustitución

Monto a pagar por horas extra dobles:  $495.00
Más: Monto a pagar por horas extra triples $247..50
Igual: Total a pagar por tiempo extra $742.50

¿Qué son las horas extras?

El artículo 66 de la Ley Federal es la que se refiere a las horas extras. Esta normativa autoriza una “jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias”. La jornada laboral con horas extras, no puede sobrepasar las “tres horas diarias ni de tres veces en una semana”.

¿Cómo se hace el cálculo de horas extras?

Si te has preguntado cómo es que se calculan las horas extras, aquí te tenemos la respuesta:

Cuando el tiempo extraordinario es por algún siniestro o riesgo inminente (Artículo 65, LFT), tratándose de una jornada de emergencia, las horas que el trabajador siga en las instalaciones de la organización, se pagarán con una cantidad igual a la que corresponda cada una de las horas de la jornada.

Es pertinente aclarar que el pago del periodo extraordinario debe hacerse con base en el salario diario que percibe el trabajador, y no en el integrado, ya que este último sólo se aplica en el cálculo y pago de las indemnizaciones establecidas en la ley.
Se pagarán con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de jornada.

Caso práctico:

El señor Luis Martínez, percibe un salario mensual de $3,258.50. En la semana del 15 al 20 de julio de 2023 laboró las siguientes horas extras:

¿Qué es la prima de antigüedad?

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) define a la prima de antigüedad como un pago adicional que se otorga a los trabajadores de planta por el tiempo laborado al servicio del patrón.

¿Cuándo se paga la prima de antigüedad?

Los trabajadores de planta tienen derecho a una prima de antigüedad, de conformidad con las normas siguientes:

  • La prima de antigüedad consistirá en el importe de doce días de salario, por cada año de servicios.
  • Para determinar el monto del salario, se estará a lo dispuesto en los artículos 485 y 486;
    La cantidad que se tome como base para el pago de las indemnizaciones no podrá ser inferior al salario mínimo.
    Si el salario que percibe el trabajador excede del doble del salario mínimo del área geográfica de aplicación a que corresponda el lugar de prestación del trabajo, se considerará esa cantidad como salario máximo.
  • La prima de antigüedad se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios, por lo menos. Asimismo se pagará a los que se separen por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la justificación o injustificación del despido

En caso de que un trabajador sea despedido injustificadamente, el patrón tiene la obligación de entregarle una indemnización constitucional que corresponde a 3 meses de salario más una prima de antigüedad, según corresponda. La prima de antigüedad es igual a 12 días de salario por cada año de servicio. En caso de que el salario diario del trabajador exceda al doble del salario mínimo, esta prima deberá pagarse sobre una base topada de dos veces el salario mínimo.

También, tendrá derecho al pago de la parte proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional que haya generado hasta el momento del despido. Así como al pago de las prestaciones que por encima de la ley le haya otorgado el patrón, como fondo de ahorro, pago de bonos proporcionales, etcétera.

La Ley Federal del Trabajo también contempla el pago de 20 días de salario por año trabajado como indemnización en caso de que el trabajador demande ante la autoridad laboral la reinstalación a su trabajo, obtenga sentencia a su favor y a pesar de ello el patrón se niegue a reinstalarlo, por lo que entonces deberá cubrir los veinte días por año a los que hacemos referencia a cambio de no reincorporarse a su trabajo (Arts. 49 y 50 de la LFT).

Ahora, ya tienes toda la información necesaria para saber cuál es la importancia de tus recibos de nómina. Esperamos que te sea de utilidad y gestiones su manejo óptimamente.
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Fuentes:

  • Pago de Incapacidades, (Abril 19, 2019). Pago de Incapacidades. IMSS. Recuperado de: http://www.imss.gob.mx/derechoH/pago-incapacidades
  • Gastos funerarios. (2020). Gastos Funerarios. Enciclopedia Jurídica. Recuperado de: http://www.enciclopedia-juridica.com/d/gastos-funerarios/gastos-funerarios.htm#:~:text=Comprenden%20los%20gastos%20de%20entierro,y%20situaci%C3%B3n%20pecuniaria%20del%20causante.
  • Rivera, E. (Diciembre 11, 2020). Cuándo el patrón paga los gastos funerarios de un trabajador. IDCOnline. Recuperado de:https://idconline.mx/laboral/2020/12/11/cuando-el-patron-paga-los-gastos-funerarios-de-un-trabajador
  • Percepciones de nómina: becas estudiantiles. (s/f). Percepciones de nómina: becas estudiantiles. Runa. Recuperado de: https://runahr.com/mx/recursos/nomina/percepciones-becas-estudiantiles/
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