En el ámbito laboral, una de las reglas generales más importantes que establece la Ley Federal del Trabajo es la prohibición de realizar descuentos al salario de los trabajadores. Pero, existen algunas deducciones permitidas a la nómina que, como encargado, es crucial que conozcas, ya que ignorarlas puede traer conflictos legales y sanciones a la empresa.
En este blog te explicamos cuáles son las 7 deducciones legales permitidas al salario según el artículo 110 de la LFT, cómo deben aplicarse y cuál es el límite máximo que puedes descontar en el caso de colaboradores que perciben más de un salario mínimo general.
¿Qué son las deducciones salariales en México?
Las deducciones salariales o descuentos legales al salario son los que se realizan al salario bruto de un trabajador antes de recibir su pago neto. Estas deducciones son obligatorias por ley como el ISR, las cuotas del IMSS, las aportaciones o créditos INFONAVIT y las cuotas sindicales.
Estas deducciones son automáticas y el patrón tiene el deber de llevarlas a cabo. El colaborador obtiene una factura de salario en la que se especifican todos los descuentos realizados. Es importante revisar que las deducciones sean correctas según la ley.

¿Qué establece el artículo 110 de la LFT sobre los descuentos al salario?
El artículo 110 de la LFT especifica los casos en los que sí está permitido aplicar descuentos al salario de un trabajador que gana más de un salario mínimo.
Las 7 deducciones legales permitidas al salario
1. Deudas laborales contraídas con el patrón
Esto incluye:
- Anticipo de salarios
- Pagos hechos con exceso al trabajador
- Errores, pérdidas, averías o adquisición de artículos producidos por la empresa o establecimiento
La cantidad exigible en ningún caso podrá ser mayor del importe de los salarios de un mes y el descuento será al que convengan el trabajador y el patrón. Los límites porcentuales de este descuento no pueden ser mayores del 30% del excedente del salario mínimo.
2. Pago de la renta a que se refiere el artículo 151
Este no podrá exceder del 15% del salario.
3. Pago de abonos para cubrir préstamos provenientes del INFONAVIT
Esto incluye los destinados a la adquisición, construcción, reparación, ampliación o mejoras de casa habitación o al pago de pasivos adquiridos por estos conceptos.
Asimismo, a aquellos trabajadores que se les haya otorgado un crédito para la adquisición de viviendas ubicadas en conjuntos habitacionales financiados por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; se les descontará el 1% del salario a que se refiere el artículo 143 de esta Ley, que se destinará a cubrir los gastos que se eroguen por concepto de administración, operación y mantenimiento del conjunto habitacional de que se trate.
Estos descuentos deberán haber sido aceptados libremente por el trabajador.
4. Pago de cuotas para la constitución y fomento de sociedades cooperativas y de cajas de ahorro para trabajadores
Siempre que los trabajadores manifiesten expresa y libremente su conformidad y que no sean mayores del 30% del excedente del salario mínimo.
5. Pensión alimenticia
Estas deben ser decretadas por la autoridad competente. En caso de que el trabajador deje de prestar sus servicios en el centro de trabajo, el patrón deberá informar a la autoridad jurisdiccional competente y los acreedores alimentarios tal circunstancia, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de la terminación de la relación laboral.
6. Pago de cuotas sindicales ordinarias
Siempre que estén previstas en los estatutos de los sindicatos.
7. Pago de abonos para cubrir créditos garantizados por el Instituto a que se refiere el artículo 103 Bis de esta Ley
Destinados a la adquisición de bienes de consumo, o al pago de servicios. Estos descuentos deberán haber sido aceptados libremente por el trabajador y no podrán exceder del 20% del salario.

Consideraciones importantes sobre los descuentos al salario
La fracción I del artículo 517 de la LFT establece que, cuando un colaborador adeuda al patrón alguna cantidad, el patrón tiene un mes para comenzar a realizar los descuentos, de lo contrario prescribe su derecho a recuperar el monto.
Ejemplo de cálculo de descuento por deuda con el patrón
Para mayor claridad, te compartimos un ejemplo práctico de cómo debe calcularse el descuento periódico de deuda contraída con el patrón bajo la fracción I del artículo 110:
| Salario mensual del colaborador | 20,000.00 |
| (-) Salario Mínimo quincenal (resto del país $278.80 x 30) | 8,364.00 |
| (=) Excedente del salario mínimo | 11,636.00 |
| (x) Tope legal | 30% |
| (=) Cantidad máxima a descontar mensualmente | 3,490.80 |
Consecuencias de realizar descuentos no permitidos
Las consecuencias para el patrón de realizar descuentos no permitidos según el artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo son:
1. Obligación de reintegrar el dinero
- Debe devolver inmediatamente todas las cantidades descontadas ilegalmente
- Con actualización e intereses correspondientes
2. Sanciones administrativas
- Multas de 250 a 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA)
- Inspecciones laborales más frecuentes
3. Responsabilidad penal
- El descuento ilegal puede constituir el delito de “abuso de confianza”
- Prisión de 3 meses a 2 años según el Código Penal
4. Demandas laborales
- El trabajador puede demandar ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) para exigir la devolución de los descuentos ilegales.
- Pago de salarios caídos e indemnización

Como responsable de la nómina, es clave conocer a fondo el artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo y aplicarlo correctamente para garantizar el cumplimiento legal de las normas protectoras del salario, así como los derechos de las personas trabajadoras.
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