Cada año, los contribuyentes en México tienen la obligación de presentar su declaración anual si cumplen con ciertos criterios establecidos en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
En este artículo, te hablamos de aspectos clave para saber cómo presentar la declaración anual para asalariados en 2025, quiénes deben presentarla, qué deducciones pueden aplicarse en la declaración anual para 2025 y cuáles son los requisitos para la devolución de impuestos del SAT en 2025 y cómo solicitar su devolución.

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración anual?
Según el artículo 98, fracción III, de la Ley del ISR, debes presentar tu declaración anual si:
- Obtuviste ingresos mayores a $400,000 pesos en el año.
- Dejaste de trabajar antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
- Tuviste dos o más empleadores de manera simultánea.
- Percibiste ingresos adicionales a tu salario (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros).
- Recibiste ingresos de empleadores que no están obligados a hacer retenciones, como organismos internacionales.
Recuerda que para personas físicas, la fecha límite de declaración anual en México es el 30 de abril de 2025. Evita multas y recargos por no realizar la declaración a tiempo.
Deducciones personales permitidas en la declaración anual de México en 2025
Las personas físicas, excepto aquellas que estén en el Régimen Simplificado de Confianza, pueden aplicar deducciones personales conforme al artículo 151 de la Ley del ISR, las cuales son las siguientes:
- Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición.
- Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
- Honorarios a enfermeras.
- Análisis y estudios clínicos.
- Compra o alquiler de aparatos de rehabilitación y prótesis.
- Compra de lentes graduados para corregir efectos visuales.
- Seguros de gastos médicos, estos gastos deben ser efectuados para el propio trabajador, cónyuge, ascendientes o descendientes en línea recta.
- Gastos funerarios de cónyuge o concubino/a, ascendientes y descendientes en línea recta.
- Transporte escolar, solo si es obligatorio.
- Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios para casa habitación.
- Donativos a instituciones autorizadas.
- Aportaciones complementarias de retiro en Afore.
- Pago de impuestos locales sobre salarios (cuya tasa no exceda el 5%).
- Colegiaturas en escuelas privadas con validez oficial, con montos máximos deducibles por nivel educativo:
- Preescolar: $14,200
- Primaria: $12,900
- Secundaria: $19,900
- Profesional técnico: $17,100
- Bachillerato o equivalente: $24,500

En los casos en los que se realicen pagos en un mismo ejercicio fiscal, por una misma persona, por servicios de enseñanza correspondientes a dos niveles educativos, el límite anual de deducción que se puede disminuir es el que corresponde al monto mayor de los dos niveles, independientemente de que se trate del nivel que concluyó o el que inició.
El pago de estos gastos debe realizarse mediante cheque nominativo, transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o servicios. No son deducibles los pagos en efectivo.
El monto total de las deducciones personales (excepto aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales por colegiaturas) no deberá exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anual o del 15% total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor. Estos son los límites de deducciones personales de ISR que deben respetarse.
Declaración anual de personas físicas, sueldos y salarios 2025. Caso práctico con deducciones personales
Este es un ejemplo del cálculo de ISR para personas físicas con ingresos por suelos y salarios y sus deducciones personales:
Concepto | Gravado | Exento | Total |
Sueldos y salarios | $ 425,000.00 | $ – | $ 425,000.00 |
Vacaciones | $ 15,000.00 | $ – | $ 15,000.00 |
Prima vacacional | $ 2,121.45 | $ 1,628.55 | $ 3,750.00 |
Bono de puntualidad | $ 42,500.00 | $ – | $ 42,500.00 |
Bono de asistencia | $ 42,500.00 | $ – | $ 42,500.00 |
Aguinaldo | $ 14,242.90 | $ 3,257.10 | $ 17,500.00 |
Totales | $ 541,364.35 | $ 4,885.65 | $ 546,250.00 |
Deducciones personales | Importe |
Gastos Médicos | $ 32,000.00 |
Ingresos gravados | $ 541,364.35 |
(-) Deducciones personales | $ 32,000.00 |
(=) Base gravable | $ 509,364.35 |
(-) Limite inferior | $ 374,837.89 |
(=) Excedente limite inferior | $ 134,526.46 |
(x) % tasa | 23.52% |
(=) Impuesto marginal | $ 31,640.62 |
(+) Cuota fija | $ 60,049.40 |
(=) ISR determinado | $ 91,690.02 |
(-) Retenciones efectuadas | $ 93,250.00 |
(=) ISR a favor | $ 1,559.98 |
En este caso práctico se determinó un ISR a favor, mismo que puede solicitarse al SAT mediante la declaración anual.
¿Cuáles son los requisitos para la devolución del saldo a favor?
Según la Regla 2.3.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente para 2025, los contribuyentes podrán utilizar la contraseña para presentar la declaración del ejercicio inmediato anterior en los siguientes supuestos:
- Cuando el importe del saldo a favor sea igual o menor a $10,000 pesos.
- Si el saldo a favor en la declaración de sueldos y salarios es entre $10,000 y $150,000 pesos, se debe seleccionar una cuenta bancaria activa para transferencias a 18 dígitos CLABE, la cual deberá estar precargada en el sistema del SAT, de lo contrario la declaración se realizará con e.firma o e.firma portable.

Cuando el resultado que se obtenga no conlleve a la devolución total o parcial del saldo declarado, el contribuyente podrá solventar las inconsistencias detectadas en el momento de realizar la consulta del resultado, cuando se habilite la opción “solventar inconsistencias”.
Para ello, deberá contar con su clave en el RFC, la contraseña para el acceso al Portal y certificado de e.firma o la e.firma portable, generándose automáticamente su solicitud de devolución vía FED.
Si en la declaración presentada se marcó erróneamente el recuadro “devolución” cuando en realidad se quiso elegir “compensación”, o bien, se marcó “compensación” pero no se tienen impuestos a cargo contra que compensar, se puede cambiar de opción presentando la declaración complementaria del ejercicio antes del 31 de julio del ejercicio fiscal al que se refiere la presente regla.
Cumplir con la declaración anual de sueldos y salarios no solo es una obligación fiscal, sino que también puede representar una oportunidad para obtener un saldo a favor y mejorar tus finanzas personales.
Recuerda revisar las deducciones aplicables y asegurarte de presentar tu declaración en tiempo y forma. Para facilitar esto, existen diversos software de nómina, como Fortia, herramienta que permite a los trabajadores, tener fácil acceso a sus recibos de nómina y verificar sus ingresos para declarar.