Registrar correctamente las incapacidades de tus trabajadores en el IMSS no es opcional. El incumplimiento puede costarte multas de 20 a 350 UMAS (Unidades de Medida y Actualización) y capitales constitutivos que afectan directamente la operación de tu empresa.
Esta guía paso a paso te llevará por el proceso completo del registro de las incapacidades en SUA e IDSE con soluciones a errores comunes.
Plazos legales para el registro de incapacidades
Tienes cinco días hábiles según el artículo 15, fracción I de la Ley del Seguro Social (LSS) para cumplir esta obligación.
Los patrones deben registrar e inscribir a sus trabajadores en el IMSS, comunicar altas, bajas y modificaciones de salario dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles, según establece la Ley del Seguro Social – IMSS.
Las multas oscilan entre 20 y 350 UMAS por cada trabajador no registrado o registrado fuera de tiempo, según lo establece el Reglamento de Afiliación, Clasificación de Empresas y Recaudación Fiscal (RACERF). Además, si el IMSS detecta que no registraste una incapacidad oportunamente, puede cobrarte el subsidio que pagó al trabajador mediante un capital constitutivo.
Diferencias clave entre SUA e IDSE:
- SUA: Sistema instalado localmente en tu equipo, ideal para empresas que prefieren trabajar sin conexión constante a internet y generar archivos para presentación posterior.
- IDSE: Plataforma web que permite presentación electrónica inmediata de movimientos afiliatorios, incluyendo incapacidades, directamente en el portal del IMSS – IDSE.
- Plazo legal: Ambos sistemas están sujetos al mismo plazo de 5 días hábiles establecido en la LSS.
Comprender estos plazos y diferencias te permitirá elegir el sistema más conveniente para tu operación y evitar sanciones costosas. Si necesitas profundizar en las funcionalidades del sistema, consulta para qué sirve el SUA antes de continuar.

Paso 1: Recepción y validación del certificado de incapacidad
El primer paso es recibir y validar correctamente el Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT) que el trabajador debe entregarte. Este documento oficial contiene un folio único compuesto por 2 caracteres alfabéticos seguidos de 6 numéricos.
Documentos que debe entregar el trabajador:
- Certificado de incapacidad original (formato ST-7 para enfermedad general o ST-9 para riesgo de trabajo)
- Identificación oficial del trabajador
- Número de Seguro Social (NSS) visible y legible
Verificación de completitud del certificado:
- Nombre completo del trabajador
- NSS
- Folio del certificado
- Fecha de inicio y término de la incapacidad
- Tipo de riesgo (enfermedad general o de trabajo)
- Diagnóstico médico, firma y sello del médico del IMSS
Cualquier dato faltante o ilegible puede causar el rechazo del registro. Los certificados de incapacidad deben registrarse en el SUA correspondiente al mes natural de cálculo de cuotas obrero-patronales para evitar diferencias en el pago
Vigencia de los certificados según tipo de médico:
- Los médicos de urgencias del IMSS solo expiden certificados de incapacidad de 1 a 3 días
- El médico familiar del IMSS puede expedir incapacidades de 1 hasta 28 días
Qué hacer cuando el trabajador entrega el certificado a destiempo
Si el trabajador te entrega el certificado después del plazo de 5 días hábiles, no ignores el documento. Aunque el trabajador puede perder su derecho al subsidio del IMSS, tú como patrón sigues obligado a registrar la ausencia para justificar la falta y evitar problemas laborales posteriores.
Procedimiento específico:
Registra la incapacidad en el sistema correspondiente con una nota interna que documente la fecha real de recepción. El IMSS conserva evidencia de que el trabajador entregó tarde el certificado si rechaza el subsidio por extemporaneidad. Esta documentación te protege en caso de reclamaciones laborales.
El trabajador dispone de hasta 52 semanas (un año) para cobrar una incapacidad del IMSS, prorrogables por 26 semanas más en casos específicos. Sin embargo, este plazo no exime al patrón de registrar oportunamente el movimiento en los sistemas del IMSS.
Implementar un control de incapacidades efectivo te ayudará a prevenir estos escenarios y mantener un registro ordenado de todos los certificados recibidos.
Paso 2: Registro de incapacidad en el sistema SUA
Una vez validado el certificado, procede al registro en el Sistema Único de Autodeterminación (SUA). Este proceso requiere precisión en la captura de datos para evitar rechazos del IMSS.
Instrucciones secuenciales para el registro:
- Abre el programa SUA instalado en tu equipo
- Selecciona el mes correspondiente al periodo de la incapacidad (no el mes actual si la incapacidad inició en mes anterior)
- Navega al menú “Trabajadores” y selecciona “Incapacidades”
- Haz clic en “Agregar” para crear un nuevo registro
- Busca al trabajador por NSS o nombre completo
- Completa todos los campos obligatorios del formulario
- Guarda el registro y verifica que aparezca en el listado de incapacidades del mes
Al capturar incapacidad se debe ingresar fecha de inicio, fecha de término, folio del certificado (2 caracteres alfabéticos y 6 numéricos) y número de días.
Verificación de registro exitoso:
Después de guardar, genera un reporte de incapacidades del mes para confirmar que el movimiento quedó registrado correctamente.
El sistema debe mostrar el folio del certificado, las fechas y el número de días sin mensajes de error. Si aparece alguna advertencia, corrígela antes de generar el archivo de pago.
Campos obligatorios y datos requeridos en SUA
El formulario de captura de incapacidades en SUA requiere información específica que debe coincidir exactamente con el certificado físico:
Campos obligatorios del formulario:
- NSS del trabajador: 11 dígitos sin espacios ni guiones.
- Folio del certificado: Formato exacto de 2 letras mayúsculas + 6 números (ejemplo: AB123456).
- Tipo de riesgo: Selecciona “Enfermedad general” o “Riesgo de trabajo” según corresponda.
- Fecha de inicio: Primer día de la incapacidad según certificado.
- Fecha de término: Último día de la incapacidad según certificado.
- Número de días: Cálculo automático o manual del total de días naturales.
- Control: Indica si es incapacidad inicial, subsecuente o recaída.
¿Cuáles son los errores comunes de captura en SUA y cómo corregirlos?
Error 1: Formato incorrecto del folio
El sistema marca error al guardar o el IMSS rechaza el movimiento.
Solución: Verifica que el folio tenga exactamente 2 letras mayúsculas seguidas de 6 números, sin espacios, guiones ni caracteres especiales. Ejemplo correcto: “AB123456”. Ejemplo incorrecto: “ab-123456” o “A1234567”.
Error 2: Fechas inconsistentes
El sistema calcula los días incorrectamente o marca error de validación.
Solución: Confirma que la fecha de término sea posterior a la fecha de inicio y que ambas coincidan exactamente con el certificado. Si la incapacidad cruza dos meses, registra cada periodo en el mes correspondiente.
Error 3: NSS mal capturado
El sistema no encuentra al trabajador o lo asocia con otra persona.
Solución: Verifica los 11 dígitos del NSS contra la credencial del IMSS del trabajador. Un solo dígito incorrecto invalida todo el registro.

Error 4: Intento de baja durante incapacidad
El sistema rechaza el movimiento de baja del trabajador.
Solución: No se admite movimiento de baja en el SUA cuando el trabajador se encuentra incapacitado, conforme al Artículo 21 de la LSS y Artículo 60 del RACERF. Los avisos de baja de trabajadores incapacitados temporalmente no surten efectos para el Seguro Social mientras dure el estado de incapacidad. Debes esperar a que termine la incapacidad para procesar la baja para realizar un proceso del IMSS sin errores.
Paso 3: Registro de incapacidad en el sistema IDSE
El IDSE (IMSS Desde Su Empresa) ofrece una alternativa digital para el registro de incapacidades directamente desde el portal web del IMSS. Este sistema es especialmente útil para correcciones urgentes o cuando necesitas confirmación inmediata del registro.
Instrucciones secuenciales para el registro:
- Accede al portal IMSS – IDSE con tu certificado digital vigente (e.firma)
- Selecciona la opción “Movimientos Afiliatorios”
- Elige “Incapacidades” del menú de tipos de movimiento
- Captura el registro patronal y periodo correspondiente
- Ingresa los datos del trabajador (NSS) y del certificado de incapacidad
- Revisa la información en la pantalla de confirmación
- Envía el movimiento y descarga el acuse de recibo electrónico
Diferencias clave con SUA:
A diferencia del SUA, donde generas un archivo para presentación posterior, el IDSE procesa el movimiento en tiempo real. Recibes confirmación inmediata de aceptación o rechazo, lo que te permite corregir errores al instante. Sin embargo, requiere conexión estable a internet y certificado digital vigente para cada sesión.
El IDSE permite la presentación electrónica de movimientos afiliatorios, incluyendo incapacidades, para patrones. Esta funcionalidad lo convierte en la opción preferida para empresas con múltiples sucursales o equipos de nómina distribuidos geográficamente.
Cuándo usar IDSE en lugar de SUA
Escenarios ideales para IDSE:
- Correcciones urgentes: Cuando detectas un error después de enviar el archivo SUA y necesitas corregirlo antes del cierre del mes.
- Empresas sin infraestructura local: Si no cuentas con equipos dedicados para instalar el SUA o trabajas desde múltiples ubicaciones.
- Validación inmediata: Cuando necesitas confirmar que el IMSS aceptó el registro antes de procesar la nómina.
- Movimientos individuales: Para registrar una o dos incapacidades sin generar todo el archivo mensual del SUA.
Casos donde SUA es preferible:
- Volumen alto de movimientos: Si procesas decenas de incapacidades mensuales, la captura masiva en SUA es más eficiente.
- Trabajo sin conexión: Cuando la conectividad a internet es inestable o inexistente.
- Integración con nómina: Si tu sistema de nómina exporta datos directamente al formato SUA.
Validación y confirmación del registro en IDSE
Proceso de validación:
Después de enviar el movimiento, el sistema genera un acuse de recibo electrónico con folio único. Descarga este documento inmediatamente y archívalo junto con el certificado físico de incapacidad. El acuse contiene la fecha y hora exacta de presentación.
Verificación de aceptación:
Dentro de las siguientes 24-48 horas, consulta el estatus del movimiento en la sección “Consulta de Movimientos” del IDSE. El sistema mostrará si el movimiento fue “Aceptado”, “Rechazado” o está “En proceso”. Si aparece rechazado, revisa el motivo específico y corrige inmediatamente.
Documentación obligatoria:
Imprime o guarda digitalmente el acuse de recibo junto con:
- Copia del certificado de incapacidad
- Comprobante de entrega del trabajador (con fecha y firma)
- Cualquier comunicación relacionada con el caso.
Esta carpeta documental es tu respaldo ante auditorías o requerimientos.
Paso 4: Seguimiento y documentación del registro
El registro de la incapacidad no termina con la captura en SUA o IDSE. Un seguimiento adecuado te protege de capitales constitutivos y facilita la resolución de aclaraciones.
Documentos que debes conservar:
- Certificado de incapacidad original (físico o digitalizado con calidad legible)
- Acuse de recibo del SUA o IDSE con folio de presentación
- Comprobante de entrega del trabajador con fecha y firma
- Reporte de incapacidades del mes generado desde el sistema
- Cédula de liquidación donde se refleja el descuento del subsidio
Tiempos de respuesta del IMSS:
Después de registrar la incapacidad, el IMSS tiene hasta 5 días hábiles para validar la información y reflejar el subsidio en tu cédula de liquidación del mes correspondiente. Si detecta inconsistencias, te notificará mediante el buzón electrónico del IDSE o por correo certificado.
Consulta de estatus en ambos sistemas:
- En SUA: Genera el reporte “Incapacidades del Periodo” desde el menú de reportes para verificar que el movimiento quedó incluido en el archivo de pago.
- En IDSE: Accede a “Consulta de Movimientos Afiliatorios” e ingresa el folio del acuse de recibo para ver el estatus actualizado.
Si el IMSS no refleja el subsidio en la cédula de liquidación después de 10 días hábiles, contacta a tu subdelegación para solicitar aclaración. Presenta el acuse de recibo como evidencia de presentación oportuna.
Escenarios especiales: Soluciones a situaciones comunes
Caso 1: Incapacidades que cruzan dos meses
Si un trabajador tiene una incapacidad que inicia el 25 de enero y termina el 5 de febrero, debes registrar dos movimientos: uno en el SUA de enero (del 25 al 31) y otro en el SUA de febrero (del 1 al 5). Cada periodo se registra en el mes correspondiente para que el cálculo de cuotas sea correcto.
Caso 2: Cambio de tipo de riesgo durante la incapacidad
Ocasionalmente, una incapacidad que inició como enfermedad general se reclasifica como riesgo de trabajo después de una investigación del IMSS. En este caso, solicita al IMSS el certificado corregido y registra un movimiento de corrección en el sistema, especificando en observaciones el motivo del cambio y el folio del certificado original.
Caso 3: Trabajador dado de baja durante incapacidad
Los avisos de baja de trabajadores incapacitados temporalmente no surten efectos para el Seguro Social mientras dure el estado de incapacidad. Debes esperar a que termine la incapacidad para procesar la baja. Si la relación laboral terminó por causas ajenas a la incapacidad, documenta la situación y consulta con tu asesor legal antes de proceder.
Caso 4: Rechazo del registro por datos inconsistentes
Si el IMSS rechaza el registro porque los datos del certificado no coinciden con su base de datos (por ejemplo, el trabajador aparece dado de baja o con salario diferente), acude personalmente a ventanilla de afiliación con el certificado original y tu documentación patronal para solicitar la corrección del error en el sistema del IMSS.
Incapacidades consecutivas o recaídas
Procedimiento para extensiones:
Cuando el médico del IMSS extiende una incapacidad existente, emite un certificado marcado como “subsecuente” con un nuevo folio. Registra este certificado como un movimiento adicional en el sistema, vinculándolo al folio original en el campo de observaciones. El sistema calculará automáticamente la suma de días para efectos del límite de 52 semanas.
Para cobrar una incapacidad del IMSS, se dispone de 52 semanas (un año) tanto para riesgos de trabajo como enfermedad general, prorrogables por 26 semanas más en casos específicos. Monitorea el acumulado de días para anticipar cuándo el trabajador alcanzará este límite.
Recaídas de la misma enfermedad:
Si un trabajador se reincorpora y posteriormente presenta una nueva incapacidad por la misma causa dentro de los siguientes 90 días, el IMSS la considera recaída. El certificado indicará “recaída” y los días se sumarán al contador de las 52 semanas. Registra el movimiento normalmente, pero mantén un seguimiento especial del acumulado.

Corrección de registros rechazados por el IMSS
Códigos de rechazo más comunes:
- Error 01: NSS no localizado o inactivo – Verifica que el trabajador esté dado de alta en el periodo de la incapacidad.
- Error 02: Folio de certificado duplicado – Confirma que no hayas registrado el mismo certificado dos veces.
- Error 03: Fechas fuera de rango – Revisa que las fechas correspondan al mes de cálculo correcto.
- Error 04: Tipo de riesgo no corresponde – Verifica que el tipo de incapacidad coincida con el certificado.
Proceso de corrección en SUA:
Localiza el registro rechazado en el módulo de incapacidades, elimínalo y crea uno nuevo con los datos corregidos. Genera nuevamente el archivo de pago y preséntalo dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de rechazo para mantener la fecha original de presentación.
Proceso de corrección en IDSE:
Accede al movimiento rechazado desde “Consulta de Movimientos”, selecciona “Corregir” e ingresa los datos correctos. El sistema generará un nuevo acuse de recibo con el mismo folio original pero con estatus “Corregido”. Conserva ambos acuses como evidencia del proceso.
Integrar estos procesos con un software para recursos humanos te permite automatizar alertas de seguimiento y centralizar toda la documentación en un solo lugar, reduciendo el riesgo de pérdida de información.



